A continuación ofrecemos algunas informaciones relacionadas con el área laboral:
- VACACIONES PARA APRENDICES INCES: Les recordamos a nuestros estimados suscriptores, que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 104 de la Ley Orgánica Para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, los adolescentes trabajadores y las adolescentes trabajadoras tienen derecho a disfrutar de un período de 22 días hábiles de vacaciones remuneradas. Todos los adolescentes trabajadores y las adolescentes trabajadoras deberán disfrutar, efectivamente, del período de vacaciones. En consecuencia, el disfrute de las mismas debe realizarse en la oportunidad que corresponda y se prohíbe posponer su disfrute o su acumulación.
- CONTRIBUCIÓN PARAFISCAL DE LOS TRABAJADORES: Les recordamos a nuestros estimados suscriptores, que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 50 de la Ley del INCES, los trabajadores y trabajadoras de las entidades de trabajo que den ocupación a cinco o más trabajadores y trabajadoras, están en la obligación de aportar el cero coma cinco por ciento (0,5%) de sus utilidades anuales, aguinaldos o bonificaciones de fin de año.